JCE aprueba someter a consulta de partidos el Proyecto de Reglamento de Primarias Simultáneas.
Tomado de El Caribe
El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), aprobó este martes someter a consulta pública el Proyecto de Reglamento para la Aplicación de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos sobre la celebración de Primarias Simultáneas en el año 2019.
El proyecto de Reglamento fue conocido en la Décimo Novena Sesión Ordinaria del Pleno de la JCE, encabezada por Julio César Castaños Guzmán, en la cual el órgano decidió que el Proyecto sea comunicado directamente a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a todo interesado a través de la página web de la institución, para fines de consulta pública, por un plazo de treinta (30) días. Igualmente, el Pleno fijó para el día 23 de octubre de 2018 la convocatoria de una Audiencia Pública para conocer del proyecto de Reglamento.
El proyecto, preparado en virtud de las facultades reglamentarias otorgadas a la JCE por el artículo 212 de la Constitución y por el artículo 46 de la Ley 33-18, establece las disposiciones complementarias para la aplicación de dicha legislación en lo que respecta a la celebración de Elecciones Primarias Simultáneas de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos para la escogencia de candidatos y candidatas a cargos de elección popular, así como aspectos relacionados a los tiempos de proselitismo políticos y los gastos permitidos durante los mismos.
El proyecto sometido a consulta pública contiene 60 artículos que regulan la delimitación de los tiempos del período pre y postelectoral; la propaganda permitida y las prohibiciones durante el previo electoral y la precampaña; disposiciones sobre participación, precedencia y otras prohibiciones; gasto de la precampaña; la organización de las primarias; la presentación y requisitos de las precandidaturas; las listas de electores o padrón, así como los plazos para el cierre o depósito del mismo; la jornada y los horarios de votación; alianzas y reservas; escrutinio y procesamiento de los resultados; inscripción de candidatos electoras; y educación electoral y publicidad.
Respecto a la votación el día de la celebración de las primarias, el proyecto propone un horario de instalación de mesas electorales a las 7:00 AM en los locales de las escuelas del Ministerio de Educación u otros locales públicos, y establece un horario de votación desde las 8:00 AM hasta las 4:00 PM.
Igualmente, respecto al número de candidaturas uninominales (presidente/a, senadores/as, alcaldes/as y directores de distritos municipales), el proyecto dispone que podrán ser presentadas no menos de dos (2) y hasta cinco (5) precandidatos o precandidatas. En el caso de las candidaturas plurinominales (diputados/as de provincias, diputados/as nacionales, representantes ante el Parlamento Centroamericano, regidores/as y vocales de distritos municipales), se podrá presentar hasta tres precandidatos o precandidatas por cada posición a elegir.
Por otro lado, se propone a través del Reglamento un mecanismo que garantice la escogencia del porcentaje mínimo de mujeres que deben ser inscritas por los partidos, agrupaciones y movimientos políticos en la Junta Central Electoral y en las Juntas Electorales, según sea el caso.
La propuesta igualmente dispone que en el caso de que un partido, agrupación o movimiento político decida usar el padrón abierto de la JCE, el mismo será cortado noventa (90) días antes de la fecha fijada para la celebración de las primarias (domingo 6 de octubre de 2019). En el caso de que un partido, agrupación o movimiento político decida que utilizará su propio padrón (padrón cerrado), el mismo deberá ser depositado en la JCE a más tardar ciento veinte (120) días antes de la celebración de las primarias.
El Pleno de la JCE estuvo presidido por el Magistrado Julio César Castaños Guzmán e integrado por los Magistrados Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Juan Bautista Cuevas Medrano, asistidos por el Secretario General de la JCE, Ramón Hilario Espiñeira Ceballos
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